top of page
  • Foto del escritorSahida Calatayud

PLAN DE AYUDAS PARA EL ALQUILER DURANTE EL COVID 19

Moratoria de alquileres a personas por encontrarse en situación de vulnerabilidad por el COVID-19.


1.- Se suspenden los DESAHUCIOS durante SEIS MESES desde la entrada en vigor del Estado de Alarma.


2.- Los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma (hasta el 1 de julio de 2020) se renovaran automáticamente durante 6 MESES, manteniendo los términos y condiciones del contrato en vigor.


3.- Se establece una moratoria automática en el pago de su renta para aquellos arrendatarios en situación de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de vivienda, (+ de 10 viviendas) tanto público como privado. Esta moratoria puede ser un aplazamiento del pago del alquiler o incluso la condonación total o parcial de la deuda arrendaticia. Es decir, el propietario de la vivienda deberá escoger las siguientes alternativas:


A) Aplazamiento del pago mientras dure el estado de alarma o mientras persista la situación de vulnerabilidad, con MÁXIMO DE 4 MESES. Una vez superada dicha situación, el inquilino devolverá la cuota o cuotas no pagadas a lo largo de un periodo no superior a TRES AÑOS, sin que pueda aplicársele ningún tipo de penalización ni intereses.


B) Reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure el

estado de alarma decretado por el Gobierno y las mensualidades siguientes si aquel plazo

fuera insuficiente en relación con la situación de vulnerabilidad.


4.- En el resto de los casos, el inquilino, siempre que se encuentre en situación de vulnerabilidad, podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta al arrendador, que tendrá 7 DÍAS para aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo.


En caso de que el propietario lo rechace, el inquilino podrá solicitar un MICROCRÉDITO SIN INTERESES al Estado,directamente pagado al arrendador, por importe de hasta 6 MENSUALIDADES de la renta de alquiler, a devolver en un período de 6 años, prorrogable excepcionalmente hasta 10 años. .

.


Para personas que tengan problemas más permanentes para el pago del alquiler, podrán acceder a una ayuda de hasta 900 euros al mes y de hasta el 100% de la renta arrendaticia.



8 visualizaciones0 comentarios
bottom of page